Area Exportación: Medios de Pago Internacionales
Son los diferentes instrumentos mercantiles o sistemas de reembolso en virtud de los cuales se liquidan las. operaciones de comercio exterior.
Los medios de pago más utilizados en el comercio exterior, y los abordados en el presente glosario, son:
Lógicamente, también se pueden utilizar los billetes de banco para liquidar transacciones con el exterior, pero por razones obvias se emplearán en raras ocasiones. El exportador, salvo casos muy justificados, no debe aceptar este medio de pago, pues asumiría, sin ninguna necesidad, un elevado nivel de riesgo, como la posibilidad de robo, pérdida, falsificación, caducidad o no convertibilidad.
Los medios de pago pueden clasificarse en simples y documentarios.
Los medios de pago simples son aquellos en los que para hacer efectiva la liquidación de la compraventa no se exige la presentación de documentos comerciales, por lo que se puede llevar a cabo el cobro de la operación antes o después de la entrega de la mercancía. Obviamente, presuponen un elevado grado de confianza entre el exportador y su cliente.
Por su parte, los medios de pago documentarios son aquellos porque requieren la presentación de documentos comerciales para hacer efectiva la liquidación de la operación de exportación. Además, suponen un elemento esencial en la transmisión de la propiedad o el dominio de las mercancías objeto de la exportación, mediante los documentos representativos de las mismas.
A la hora de decidir el empleo de uno u otro medio de pago, hay que valorar multitud de factores, por lo que habrá que analizar cada operación concreta, No obstante, como referencia, habrá que considerar al menos la solvencia de los agentes que intervienen en el pago y el momento en el que se produce, la situación político-económica del país del importador, el coste y la facilidad para la obtención de financiación.
En cualquier caso, y en relación con los medios de pago, cabe recordar que los intereses del exportador y del importador se contraponen. Así, respecto al momento del pago, el exportador tratará de cobrar sus ventas lo antes posible, mientras que el importador pretenderá pagar lo más tarde posible, una vez entregada la mercancía. Con relación al medio de. pago, el exportador tratará de elegir el que el proporcione la mayor seguridad de cobro, mientras que el importador intentará que se utilice el que menos le comprometa. De este modo, la capacidad de negociación del exportador y del importador se perfila como una de as variables esenciales para decidir qué medio de pago utilizar finalmente.
CHEQUE PERSONAL
Documento que emite una persona física o jurídica no bancaria contra la cuenta que posee en una entidad de crédito.
Los agentes participantes en un cheque personal son los siguientes:
- Librador: el, propietario de los fondos, quien emite el cheque (el importador).
- Librado: entidad depositaria de los fondos del librador (el banco).
- Tenedor: quien cobra el cheque (el exportador).
El proceso de funcionamiento de un cheque personal es el siguiente:
- El exportador envía las mercancías y los documentos al importador.
- El importador remite al exportador un cheque cifrado en su propia moneda o en divisas contra su cuenta en un banco de su país o de otro diferente.
- Una vez que el exportador posea el cheque, procederá a entregarlo a su banco para que gestione su cobro o lo negocie.
- El banco negociador envía el cheque al banco pagador.
- El banco pagador, si el cheque es conforme, lo adeudará en la cuenta del importador
- El banco pagador abona el importe al banco negociador.
- El importe será abonado al exportador.
CHEQUE BANCARIO
Documento de pago en el que el librador y el librado es una entidad bancaria, lo que supone teóricamente una mayor garantía en la provisión de los fondos para el exportador.
Los agentes participantes en un cheque bancario son los siguientes:
- Banco emisor o librador: propietario de los fondos depositados y el encargado de la emisión del cheque
- Banco pagador o librado: banco corresponsal del banco emisor: sin ha de existir. siempre.
- Importador: quien recibe las mercancías,
- Tenedor: quien cobra el cheque (el exportador).
El proceso de funcionamiento de un cheque bancario es el siguiente:
- El exportador envía las mercancías y los documentos al importador
- El importador hace una solicitud por el importe deseado al banco emisor del cheque
- El banco emisor adeuda en la cuenta de su cliente el importe, al tiempo que le envía el cheque por la cantidad indicada.
- El importador envía el cheque al exportador
- El exportador, una vez cuente con el cheque en su poder, se lo envía al banco pagador para que éste se lo abone
- El banco pagador abona el importe del cheque al exportador
- El banco pagador adeudará en la cuenta del banco emisor el importe total de la operación
CRÉDITO DOCUMENTARIO
Instrumento mercantil mediante el que un banco, a petición de su cliente, garantiza el pago a un tercero de una operación de compraventa, condicionando dicho pago al cumplimiento fiel de unas condiciones precisas y a la entrega de determinados documentos.
Los agentes participantes en un crédito documentario son los siguientes:
- El ordenante (el importador): quien solicita la apertura del crédito documentario.
- El banco emisor: entidad que abre el crédito documentario a favor del exportador.
- El banco avisador: entidad que notifica el crédito al beneficiario y actúa de intermediario; puede asumirfunciones más complejas, como por ejemplo' de banco confirmador.
- El beneficiario (el exportador): persona física o jurídica a favor de quien se abre el crédito documentario y obligada a presentar los documentos requeridos.
El proceso de funcionamiento de un crédito documentario es el siguiente:
- El importador solicita al banco emisor la apertura del crédito a favor del exportador.
- El banco emisor solicita a otro banco, generalmente situado en el país del exportador, que notifique o confirme el crédito.
- El banco avisador notifica al exportador la apertura del crédito documentario a su favor.
- El exportador envía la mercancía al importador.
- El exportador remite los. documentos requeridos al banco avisador o confirmador.
- El banco comprueba si los documentos se ajustan a lo estipulado en el crédito.
- El banco avisador remite los documentos al banco emisor.
- El banco emisor verifica los documentos y, si son conformes con lo estipulado en el crédito, abona al banco avisador el importe acordado.
- El banco emisor entrega: al ordenante los documentos recibidos, contra pago del importe debido.
- El importador retira la mercancía.
El crédito documentario tiene diversas modalidades, entre las cuales cabe destacar:
- Crédito documentario irrevocable: cuando, una vez abierto, no puede ser modificado o cancelado sin el consentimiento expreso de todas las partes que en él intervienen. Salvo que expresamente se indique lo contrario, todo crédito documentario es irrevocable.
- Crédito documentario confirmado: cuando el banco emisor, a petición del ordenante, solicita al banco avisador que añada su confirmación al crédito, es decir, que garantice el pago al exportador contra presentación de los documentos conformes.
ORDEN DE PAGO DOCUMENTARIA
Transferencia de fondos desde una entidad financiera del país del importador a otra ubicada en el país del exportador, cuando el importador ordena .a su banco que pague ale beneficiario a condición de que éste entregue ciertos documentos es aconsejable utilizar para su emisión el SWIFT.
Los agentes participantes en una orden de pago documentaria son:
- El ordenante (el importador): quien solicita al banco la emisión de la orden de pago.
- El banco emisor: entidad que emite la orden de pago.
- El beneficiario (el exportador): quien cobra la cantidad acordada.
- El banco pagador: entidad que realiza el pago.
El proceso de funcionamiento de una orden de pago documentaria es el siguiente:
- El importador da instrucciones a su banco para que efectúe una transferencia condicionando su pago a la presentación de determinados documentos.
- El banco. emisor adeuda en la cuenta del importador el importe acordado.
- El banco emisor hace una notificación al banco pagador.
- El banco pagador remite al beneficiario las condiciones de pago.
- El exportador envía la mercancía hacia el lugar de destino.
- El exportador presenta los documentos que acrediten el envío de la mercancía.
- El exportador recibe la cantidad acordada mediante abono en su cuenta.
- El banco pagador envía la documentación recibida al banco emisor y le adeuda el importe pagado.
- El. banco: emisor entrega los documentos al comprador para que pueda retirar la mercancía en destino.
- El importador retira la mercancía.
ORDEN DE PAGO SIMPLE
Transferencia de fondos desde una entidad financiera: del país del importador a otra ubicada en el país del exportador, en la que no se requiere soporte documental alguno; es aconsejable utilizar para su emisión el SWIFT.
Los, agentes participantes en una orden de pago simple son:
- El ordenante (el importador): quien solicita al banco la emisión de la orden de pago.
- El banco emisor entidad que emite la orden de pago.
- El beneficiario (el exportador): quien cobra la cantidad acordada.
- El banco pagador: entidad que realiza el pago.
El proceso de funcionamiento de una orden de pago simple es el siguiente:
- El exportador envía la mercancía y los documentos al importador.
- El importador da instrucciones a su banco para que emita la transferencia.
- El banco emisor adeuda la cantidad acordada en la cuenta del importador.
- El banco emisor comunica al banco pagador que abone el importe acordado en la cuenta del exportador.
- El banco pagador abona en la cuenta del exportador la cantidad acordada.
REMESA DOCUMENTARIA
Orden dada por el exportador a su banco para cobrar del importador el importe de la operación de compraventa instrumentada en un efecto, contra entrega de una serie de documentos comerciales.
Los agentes participantes en una remesa documentaria son los siguientes:
- El ordenarte (el exportador): quien presenta los documentos a su banco dando instrucciones precisas para el cobro de la exportación.
- El banco remitente: entidad de crédito que recibe la documentación del exportador y la envía al banco del país del, importador encargado del cobro.
- Banco presentador: banco del país del importador que se encarga de efectuar el cobro.
- El librado. (el importador): quien recibe la mercancía del exportador.
El proceso de funcionamiento de una remesa documentaria es el siguiente:
- El exportador envía la mercancía al punto de destino acordado.
- El exportador entrega a su banco un efecto y los documentos comerciales y le da instrucciones sobre el cobro.
- El banco remitente envía al banco presentador tanto los documentos comerciales como el efecto y las instrucciones de cobro.
- El banco presentador le comunica al importador que tiene. en su poder el efecto y los documentos comerciales.
- El importador acepta el efecto.
- El banco presentador entrega la documentación comercial al importador.
- El comprador se dirige al punto de destino para retirar la mercancía.
- El banco presentador devuelve al banco remitente el efecto aceptado.
REMESA SIMPLE
Orden dada por el exportador a su banco para cobrar del importador el importe de la operación de compraventa instrumentada en un efecto, sin que exista la condición de entrega de documentos comerciales.
Los agentes participantes en una remesa simple son los siguientes:
- El ordenarte (el exportador): quien presenta los documentos a su banco dando instrucciones precisas para el cobro de la exportación.
- El banco remitente: entidad de crédito que recibe la documentación del exportador y la envía al banco del país del importador encargado del cobro.
- Banco presentador: banco del país del importador que se encarga de efectuar el cobro.
- El librado (el importador): quien recibe la mercancía del exportador.
El proceso de funcionamiento de una remesa simple es el siguiente:
- El exportador envía las mercancías junto con los documentos al importador.
- El exportador envía un efecto mercantil a su banco, dándole instrucciones para que le gestione el cobro.
- El banco remitente envía el efecto a un banco del país del importador, dándole instrucciones para que lo presente al cobro.
- El banco presentador comunica al importador la existencia de un libramiento a su cargo.
- El importador verifica la documentación y si está de acuerdo autorizará el adeudo.
- El banco presentador adeuda en la cuenta del importador la cantidad del efecto.
- El banco presentador abona el importe del efecto al banco remitente.
- El banco remitente abona. en la cuenta del exportador el importe del efecto.
Enlaces de interes relacionados con el servicio de exportación:
www.icex.es | www.ivex.es | www.camaracs.es
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